Abierto el plazo del voto por correo para las Elecciones Generales del 23 de julio

31 mayo 2023|Burjassot

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Desde el 30 de mayo, los ciudadanos y ciudadanas que no puedan ejercer presencialmente su derecho a voto en las Elecciones Generales del próximo domingo 23 de julio, pueden solicitar su voto por correo, después de que la convocatoria de los comicios se haya publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar, hasta el día 13 de julio, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral correspondiente. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática a través de la página web de Correos o, presencialmente, en cualquier oficina de Correos de España.

Si se opta por la solicitud presencial, ésta puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector o electora, salvo en caso de enfermedad o discapacidad, acreditada mediante certificación médica oficial. En este caso, la solicitud podrá ser presentada, en nombre del elector, por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En el momento de formular la solicitud, las personas interesadas deben acreditar su personalidad, presentando el DNI, el Pasaporte o el carnet de conducir originales.

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes a su vez remitirán a los solicitantes la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo. El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 19 de julio de 2023 y se podrá depositar en los horarios habituales de apertura de las oficinas postales.