IVTM Bonificaciones Vehículos Catalizados ·
Podrán solicitar una bonificación del 50% en el año de su matriculación y del 25% en el siguiente los titulares de vehículos de nueva matriculación que incorporen dispositivos catalizadores que minimicen las emisiones contaminantes y cuyo combustible sea gasolina sin plomo.
El titular del vehículo deberá estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias.
Documentación necesaria
- Instancia Genérica Ayuntamiento
- Certificado de características técnicas del vehículo.
- Permiso de circulación.
- Autoliquidación del impuesto correspondiente al alta.
Presentación
En la oficina de información y registro del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica, en el plazo de un mes a partir de la matriculación del vehículo.
TRÁMITE PRESENCIALTRÁMITE ONLINE
Información complementaria
Una vez reconocida la bonificación la administración municipal procederá a la devolución al sujeto pasivo de su importe ingresado con la autoliquidación, y la bonificación en el ejercicio siguiente vendrá reflejada en el correspondiente recibo. El sujeto pasivo sólo podrá gozar de la bonificación en un vehículo.
Plazo previsto de tramitación
Un mes a partir de la fecha de presentación.
Nota: Para acceder a la tramitación on line es imprescindible disponer del DNI Electrónico o del certificado de firma digital emitido por la ACCV. Si quiere obtenerlo pinche aquí