Licencia de ocupación del suelo con mesas y sillas ·

Autoriza la instalación de mesas y sillas por parte de establecimientos de hostelería, o que se encuentren en posesión de licencia de funcionamiento, en las aceras convencionales, en zonas peatonales y en calzada.

Las solicitud para la ocupación de la vía pública con mesas y sillas y otros elementos autorizables por la correspondiente ordenanza deberá formularse anualmente, durante los meses de enero y febrero.

Únicamente se admitirán solicitudes posteriores cuando la obtención de la licencia de funcionamiento se produzca con posterioridad al inicio del año natural.

Las autorizaciones se otorgarán por un plazo mínimo de un mes y máximo de un año natural. La autorización será revocable en cualquier momento y sin indemnización alguna, si por necesidades urbanísticas, de circulación, actividades cívicas o de los servicios municipales fuere necesario.

Documentación necesaria

  1. Solicitud Ocupación de la vía Pública con mesas y sillas.
  2. Documento en el que conste la referencia catastral del inmueble donde se desarrolla la actividad.
  3. Licencia de funcionamiento a nombre del solicitante (fotocopia de la licencia, número de expediente o similar).
  4. Indicación de los elementos del mobiliario que se pretende instalar y memoria descriptiva de sus características.
  5. Plano realizado por Técnico competente, a escala, en tamaño papel A4, que recoja:
    • Planta viaria de la zona acotada
    • Elementos existentes en la vía pública, que permitan conocer el espacio libre existente
    • Espacio y superficie a ocupar por el conjunto de mesas y sillas en posición de prestación del servicio al usuario, acotando sus dimensiones, distancia al bordillo y a la fachada.
  6. Cuando la ocupación se pretenda en espacios libres de uso público y dominio privado: Autorizacion del propietario. En caso de que sea una Comunidad de Propietarios, deberá estar formalizada en escritura pública, mediante acuerdo unánime adoptado al respecto.
  7. Copia del Seguro de Responsabilidad Civil
  8. Resguardo acreditativo del pago de la Tasa Municipal correspondiente
  9. Autorización de los vecinos en los supuestos de ocupación fuera del frente de fachada del local.

PRESENTACIÓN

En la Oficina de Información y Registro del Ayuntamiento o a través de la sede electrónica.

TRÁMITE PRESENCIALTRÁMITE ONLINE

Nota: Para acceder a la tramitación en línea es imprescindible disponer del DNI Electrónico o del certificado de firma digital emitido por la ACCV. Si quiere obtenerlo pinche aquí.

Información complementaria

Ordenanza reguladora de la ocupación del dominio publico municipal mediante mesas, sillas y otros elementos auxiliares

Plazo previsto de tramitación

En la tramitación del expediente se recabará informe de los Servicios Técnicos Municipales y de la Policía Local. El plazo estimado es de, aproximadamente, un mes..