Condiciones reguladoras para las actividades no profesionales de cuidado y recolección en huertos

1 mayo 2020|Burjassot

El Gobierno regula hoy, viernes 1 de mayo, las condiciones para la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas, como pueden ser los Huertos Sociales de Burjassot. La orden ministerial regula el desplazamiento de las personas para el cuidado y recolección de los huertos, cuando no se trate de actividades de naturaleza laboral, profesional o empresarial.

Así, el desplazamiento para el cuidado y recolección de los huertos queda autorizado siempre que éstos se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o en uno adyacente al mismo. No obstante, el requisito de proximidad podrá exceptuarse en situación de necesidad, considerándose por tal el cuidado y alimentación de animales y el cuidado o recolección de huertos de autoconsumo, en aquellos casos en los que, en atención a la situación socioeconómica del interesado, el consumo del producto de los mismos resulte imprescindible para atender a su subsistencia.

En todo caso, todos los desplazamientos contemplados en esta orden se realizarán con observancia de las normas dictadas por las autoridades competentes para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos. Dichos desplazamientos han de ser los mínimos posibles para la realización de las tareas indispensables y el acopio de lo necesario.

El desarrollo de los trabajos a los que se refiere esta orden se realizará de forma individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada, y por el tiempo indispensable.