Programa de Medidas Judiciales en Medio Abierto

El Programa de Medidas Judiciales en Medio Abierto es un recurso de carácter municipal que tiene como objeto la ejecución y seguimiento de las diferentes medidas judiciales en medio abierto (no requieren el ingreso de los menores en un centro de reeducación), contempladas en la Ley Orgánica 5/2000. Su finalidad es facilitar el proceso de socialización e integración social de los menores, potenciando su proceso educativo y actuando coordinadamente con los servicios y recursos de la comunidad.

Este servicio va dirigido a los menores residentes en el municipio de Burjassot, que hayan sido imputados por haber cometido una infracción tipificada en el Código Penal siendo mayores de 14 años y menores de 18 años, y a consecuencia de ello, se les haya impuesto por resolución judicial, una medida judicial no privativa de libertad de las contempladas en la ley 5/2000.

SERVICIOS PRESTADOS

La intervención del Programa de Medidas Judiciales en Medio Abierto se encuentra pautada por las diferentes medidas judiciales en medio abierto contempladas en la ley 5/2000 de responsabilidad penal del menor, susceptibles a ser impuestas por los Juzgados de Menores a los menores infractores.
Estas medidas pueden ser:

Tratamiento ambulatorio: destinada a menores que disponen de las condiciones para beneficiarse de un programa terapéutico que les ayude a superar procesos adictivos.

Asistencia a un centro de día: el menor es derivado a un centro donde realizará actividades socio-educativas de apoyo a su competencia social, proporcionándole un ambiente estructurado durante buena parte del día.

Permanencia de fin de semana: el menor permanece en su hogar desde la tarde o noche del viernes hasta la noche del domingo, durante este tiempo el menor realizará las tareas socio-educativas que se le asignen.

Libertad vigilada: el menor está sometido, durante el tiempo establecido en la sentencia, a una vigilancia y supervisión a cargo de personal especializado; con el fin de que adquiera las habilidades, capacidades y actitudes necesarias para un correcto desarrollo personal y social.

Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo: es una medida que intenta proporcionar al menor un ambiente de socialización positivo con una persona, con una familia distinta a la suya o con un grupo educativo que se ofrezca a cumplir la función de la familia en lo que respecta al desarrollo de pautas socio-afectivas prosociales en el menor.

Prestaciones en beneficio de la comunidad: consiste en realizar una actividad, durante un número de sesiones previamente fijado, bien sea en beneficio de la colectividad en su conjunto, o de personas que se encuentren en una situación de precariedad por cualquier motivo

Realización de tareas socio-educativas: el menor lleva a cabo actividades específicas de contenido educativo con el fin de facilitar su reinserción social.

Atendiendo a las medidas judiciales derivadas y a las necesidades específicas de cada menor y sus familias, los profesionales del servicio, a través de la creación de una relación de apoyo profesional, desarrollan itinerarios individualizados de intervención y realizan un control y seguimiento de la evolución personal de los menores, incidiendo en la causas de sus conductas desadaptativas con el fin de facilitar su plena integración social.

Los itinerarios individualizados de intervención contemplarán las siguientes acciones:

  • Entrenamiento en habilidades personales y sociales para poder afrontar las situaciones de su vida diaria, y en especial, las relacionadas con sus conductas disruptivas y desadaptativas.
  • Apoyo y orientación a las familias de los menores, implicándoles e instándoles a que ejerzan sus deberes de asistencia y educación.
  • Trabajo en red con los profesionales de los diferentes recursos (educativos, laborales, ocio, salud, etc.) y agentes sociales del territorio, para el óptimo desarrollo de los itinerarios individualizados de integración social realizados para cada menor.
  • Orientación, asesoramiento y acompañamiento a los diferentes servicios y recursos que participen en el itinerario de cada menor (juzgados de menores, unidad de conductas adictivas, centros educativos, etc.).
  • Trabajo con el grupo de iguales de los menores, pues es un factor influyente en las conductas negativas de los menores y del propio grupo.
  • Realización de cursos formativos para trabajar las diferentes problemáticas de los menores del programa. Estos cursos dependerán de las necesidades específicas de los menores (alfabetización, inserción laboral, educación vial, etc.).