Solicitud de licencia de ocupación de la vía pública

Solicitud de licencia de ocupación de la vía pública con: mudanzas, carpas, vallas, contenedores, descargas de materiales, andamios, etc. excepto zanjas.

Documentación necesaria

  1. Instancia
  2. Justificante de pago de la tasa y el impuesto (su pago no acredita disponer de la licencia objeto de los mismos).
  3. Croquis de la ubicación de la ocupación.

Documentación adicional según proceda:

  • Memoria de la ocupación donde se justifique el tratamiento del tráfico rodado y peatonal afectado, la afección a las zonas de aparcamiento, la reserva de espacio para realizar los acopios de materiales, vallados, las medidas de seguridad vial y de protección del arbolado, en su caso.
  • En el caso de instalación de andamios, grúas o plataformas elevadoras, además, se deberá aportar documentación en la que se especifique sus características y que acrediten el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y salud.
  • Proyecto técnico
  • Otros documentos que sean relevantes

PRESENTACIÓN

En la Oficina de Información y Registro del Ayuntamiento o a través de la SEDE Electrónica.

TRÁMITE PRESENCIALTRÁMITE EN LÍNEA

Nota: Para acceder a la tramitación en línea es imprescindible disponer del DNI Electrónico o del certificado de firma digital emitido por la ACCV. Si quiere obtenerlo pinche aquí.

Información complementaria

  1. La solicitud deberá presentarse, junto con la documentación exigida, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, presencialmente o a través de la Sede Electrónica, según proceda, con una antelación mínima de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES (no contarán sábados, domingos ni festivos)
  2. Para poder ocupar la vía pública es imprescindible disponer de la preceptiva licencia, en caso contrario no se permitirá la ocupación. Efectos del silencio administrativo: desestimatorio (art. 24 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP)
  3. La ubicación exacta de la ocupación será la determinada por la Policía Local. Cuando la ocupación consista en la instalación de un contenedor para escombros o materiales de obra, es imprescindible haber solicitado previamente licencia de obras o, declaración responsable, según proceda. Si se trata de la instalación de andamios, grúas o plataformas elevadoras se deberá solicitar la licencia de obra menor, nunca declaración responsable de obras.
  4. La señalización para corte de calle o cualquier tipo de obstáculo en la acera o calzada deberá ser mediante vallas y señales reglamentarias, quedando expresamente prohibido cualquier otro elemento. El material de señalización (placas o vallas) será por cuenta de la persona interesada.
  5. Una vez obtenida la licencia, en el caso en que se altere el tráfico rodado, se deberá dar aviso a la Policía Local y señalizar adecuadamente con una antelación mínima de 72 horas, indicándose en la placa “PROHIBIDO ESTACIONAR, día y hora”.
  6.  Los solicitantes serán responsables de cualquier daño o perjuicio derivado de la instalación o uso, debiendo cumplir las normativas específicas en función del uso solicitado.