El Bono Social Eléctrico se prorroga, hasta el 15 de septiembre, para los usuarios que debían renovarlo ahora

3 abril 2020|Burjassot

Bono social eléctrico

Dentro del paquete de medidas sociales que el Gobierno ha aprobado para paliar los duros efectos económicos que la crisis sanitaria del coronavirus ha generado en los hogares y familias, y con un especial acento en la protección de los colectivos más vulnerables, ha quedado garantizado el suministro de los principales suministros, entre otras acciones de calado social.

Así, el Real Decreto aprobado por el Gobierno establece la prohibición de suspender el suministro de agua, electricidad, gas natural, gases manufacturados y gases licuados de petróleo (GLP) canalizados a consumidores domésticos en su vivienda habitual, mientras se prolongue el estado de alarma, aunque conste dicha posibilidad en los contratos de suministro o acceso que los usuarios hayan suscrito. Asimismo, el tiempo transcurrido durante el estado de alarma no computará a efectos de los plazos de los procedimientos de suspensión de suministro de luz, agua o gas iniciados con anterioridad.

En el caso concreto del Bono Social Eléctrico, éste protege a los consumidores más vulnerables con un descuento notable en la factura de la luz. Este descuento varía según la situación de cada abonado/a, y puede ser desde un 25% hasta un 40% sobre el importe total de la factura. Además, este porcentaje, dependiendo de otras situaciones, como el riesgo de exclusión social, por ejemplo, puede ser aún mayor. Ahora, debido a la crisis generada por la pandemia del coronavirus, el Gobierno ha decretado una prórroga de este bono social eléctrico, hasta el 15 de septiembre, para aquellos usuarios/as que debían solicitar ahora su renovación.

 Aquellas personas que, por su parte, quieran solicitar el Bono Social Eléctrico por primera vez, deben cumplir con una serie de requisitos que pasan por ser titular del suministro eléctrico contratado en la residencia habitual; tener contratado el PVPC, (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor); ser considerado consumidor vulnerable o vulnerable severo, en el caso de familias numerosas o monoparentales, pensionistas, víctimas del terrorismo o de la violencia de género, o tener un miembro de la unidad familiar con discapacidad igual o mayor al 33%, entre otras situaciones y, por último, no superar el consumo máximo de 345 kWh mensual y 4.140 kWh anual. También podrán acogerse al bono social eléctrico trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan reducido su facturación en un 75% como consecuencia del brote de COVID-19.

El Bono Social Eléctrico se puede solicitar, por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax directamente a alguna de las comercializadoras de referencia, quienes tienen la obligación de ofrecer y financiar el bono social. Se puede acceder a toda la información detallada sobre las comercializadoras en este ENLACE.

El Ministerio de Transición Ecológica ha habilitado un servicio de atención al ciudadano sobre estas medidas, disponible en el número 91 314 66 73 y en el correo electrónico ciudadano@idae.es .