El Consell decreta el toque de queda desde esta misma noche de sábado y reuniones de seis personas como máximo

24 octubre 2020|Burjassot

nuevas medidas CV

El presidente de la Generalitat, Ximo Puig, ha anunciado este mediodía (24-10-2020) la instauración de un toque de queda en la Comunitat Valenciana, que comenzará esta misma noche, a partir de la 1 de la madrugada de hoy y hasta las seis de la mañana. Este horario será únicamente aplicable para este sábado, ya que se ha decidido retrasar una hora la medida para tratar de hacer el menos daño posible a la hostelería esta noche. A partir de mañana, el horario del toque de queda será de 00 horas a 06 horas de la madrugada hasta el próximo 9 de diciembre.

El toque de queda es una de las nuevas medidas excepcionales adoptadas por el Consell en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de actual situación sanitaria en al ámbito autonómico, donde en las últimas 24 horas se han registrado 1.690 nuevos contagios de coronavirus. La totalidad de las medidas excepcionales se recogen en la Resolución de 24 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública y se han publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, entrando en vigor a partir de la 1 de la madrugada, en el tránsito del 24 al 25 de octubre.

Así, en cuanto a las medidas relativas a la circulación de personas:

  • se prohíbe la circulación, deambulación y permanencia en vías y espacios de uso público de todas las personas entre las 00.00 horas y las 06.00 horas, con excepción de la realización de las siguientes actividades: desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; retorno al lugar de residencia habitual tras la jornada laboral; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios o adquisición de productos farmacéuticos; asistencia y cuidado a personas mayores, personas menores, personas dependientes, personas con diversidad funcional o personas especialmente vulnerables; causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Para la realización de las actividades excepcionadas en el apartado anterior, se permitirá: la circulación de vehículos particulares, taxis y cualquier otro vehículo de servicio público que circule por las vías para traslado de las actividades excepcionadas o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicios; la circulación de vehículos para el abastecimiento y suministro de actividades económicas, que por su naturaleza, deban efectuarse en horario nocturno y la circulación del personal y vehículos encargados de la limpieza de la vía pública, y recogida de residuos urbanos.
  • En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

 En cuanto a las medidas en reuniones de carácter familiar y social:

  • la participación en cualquier agrupación o reunión de carácter familiar y/o social, se limitará a un número máximo de 6 personas, tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes, manteniéndose las actividades y eventos con los aforos y medidas establecidas en el Acuerdo de 19 de junio, del Consell, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19.
  • se recomienda que las actividades de interacción social se desarrollen siempre y prioritariamente en espacios abiertos y bien ventilados.
  • se recomienda cancelar o posponer cualquier actividad familiar o social que no sea considerada imprescindible y pueda ser aplazada.
  • se recomienda a la población que limite dentro de lo posible su actividad social.

En cuanto a las medidas relativas a jardines y zonas de esparcimiento al aire libre, éstos permanecerán abiertos solamente desde las 8:00 a las 22.00 horas.

En cuanto a las medidas relativas a los establecimientos de hostelería y restauración:

  • el consumo será siempre sentado en mesa, tanto en el interior como en las terrazas.
  • en las mesas o agrupaciones de mesas, tanto en el interior como en terrazas, se restringirá la presencia a 6 personas como máximo.
  • las barras solo podrán ser usadas por las personas para pedir y recoger su consumición.
  • el horario de cierre de los establecimientos será a las 00.00 horas, sin que puedan aceptar pedidos a partir de las 23.00 horas.
  • el uso de la mascarilla será obligado en todo momento salvo en el momento de la consumición.
  • se realizará un cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización en espacios interiores.

 En cuanto a las medidas relativas a la venta de alcohol:

  • se prohíbe la venta de alcohol durante la franja horaria comprendida entre las 22.00 horas y las 08.00 horas del día siguiente, de todo tipo de establecimientos de venta al público independientemente de la licencia con que operen, excepto en los establecimientos de hostelería y restauración que se regirá por lo establecido en el punto anterior.
  • se prohíbe el consumo absoluto de alcohol en la vía pública, las 24 horas del día excepto en los establecimientos de hostelería y restauración.

En todo lo no previsto en esta resolución, y en lo que sea compatible con ella, serán de aplicación, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, las medidas que no se modifican en esta resolución y que, con carácter general, se establecen en el Acuerdo de 19 de junio, del Consell, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19 y en la Resolución de 17 de agosto de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, para la adopción de las medidas establecidas en el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19 y sucesivas prórrogas.

Debido al alto riesgo de transmisión que se observa en los últimos días, existe la necesidad de adoptar con carácter inminente estas medidas para que se apliquen este fin de semana, y de esta forma impedir la propagación del virus y proteger la salud de las personas. Por todo ello, esta resolución se publica de manera inmediata, dando traslado de la misma a la Abogacía de la Generalitat en orden a solicitar la correspondiente ratificación judicial de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en relación con las medidas restrictivas de movilidad y limitativas de derechos fundamentales.

Paralelamente y a estas horas, el Gobierno ultima un consejo de ministros, que previsiblemente se celebrará mañana domingo, para aprobar un nuevo estado de alarma que de cobertura jurídica a las comunidades autonómicas para ordenar los toques de queda, así como otras medidas excepcionales para frenar esta segunda ola de contagios.