IVTM Bonificaciones Vehículos Catalizados ·

Podrán solicitar una bonificación del 50% en el año de su matriculación y del 25% en el siguiente los titulares de vehículos de nueva matriculación que incorporen dispositivos catalizadores que minimicen las emisiones contaminantes y cuyo combustible sea gasolina sin plomo.

El titular del vehículo deberá estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias.

 Documentación necesaria

  1.  Instancia Genérica Ayuntamiento
  2.  Certificado de características técnicas del vehículo.
  3.  Permiso de circulación.
  4. Autoliquidación del impuesto correspondiente al alta.

Presentación

En la oficina de información y registro del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica, en el plazo de un mes a partir de la matriculación del vehículo.

TRÁMITE PRESENCIALTRÁMITE ONLINE

Información complementaria

Una vez reconocida la bonificación la administración municipal procederá a la devolución al sujeto pasivo de su importe ingresado con la autoliquidación, y la bonificación en el ejercicio siguiente vendrá reflejada en el correspondiente recibo. El sujeto pasivo sólo podrá gozar de la bonificación en un vehículo.

Plazo previsto de tramitación

Un mes a partir de la fecha de presentación.

Nota: Para acceder a la tramitación on line es imprescindible disponer del DNI Electrónico o del certificado de firma digital emitido por la ACCV. Si quiere obtenerlo pinche aquí