Registro Municipal de Asociaciones ·
El Registro Municipal de Asociaciones tiene por objeto permitir al Ayuntamiento conocer el número de entidades ciudadanas existentes en el municipio, sus fines y representatividad a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo y de su participación en la actividad de la Administración Local. (art. 236 ROF)
Su renovación tiene carácter anual. La no solicitud de renovación supone la baja de la asociación del correspondiente Registro Municipal.
Documentación necesaria
Para nuevas altas
- Registro de Asociaciones.
- Original y copia compulsada del NIF de la Asociación y del presidente.
- Original y copia compulsada de los Estatutos de la Asociación sellados por Consellería.
- Memoria de actividades del presente año.
- Presupuesto detallado del año actual.
- Relación de cargos de la Junta Directiva (incluido en instancia modelo).
Para modificaciones:
- Registro de Asociaciones.
- Si ha cambiado el presidente: Original y copia de su NIF.
- Si ha habido cambio en los estatutos: Original y copia compulsada de los mismos, sellados por Consellería.
Presentación
En la Oficina de Información y Registro del Ayuntamiento o a través de la sede eslectrónica.
TRÁMITE PRESENCIALTRÁMITE ONLINE
Nota: Para acceder a la tramitación on line es imprescindible disponer del DNI Electrónico o del certificado de firma digital emitido por la ACCV. Si quiere obtenerlo pinche aquí
Información complementaria
La inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones es un requisito obligado para las entidades sociales que deseen acceder a las ayudas municipales.
Plazo previsto de tramitación
El alta inicial en el Registro Municipal de Asociaciones puede solicitarse en cualquier momento.
La renovación de asociaciones y agrupaciones locales en el Registro Municipal, se inicia de oficio por el Ayuntamiento, antes de 31 del enero de cada año.