El Ayuntamiento de Burjassot hace públicas las bases para optar a una de las 58 plazas de formación de la Dipu te Beca
14 mayo 2015|Burjassot
El Ayuntamiento de Burjassot ha hecho públicas las bases para la concesión de 58 becas de formación en el marco del programa de la Diputación de Valencia, La Dipu te Beca 2015. Las bases pueden consultarse en la sede electrónica del Ayuntamiento, alojada en la web municipal, www.burjassot.org, y en la sección noticias/actualidad.
Las bases ya están publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP)y el plazo de presentación de solicitudes y de la documentación requerida para cada plaza formativa finalizará el 29 de mayo de 2015. Deberán presentarse las solicitudes en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Burjassot, adjuntando a las mismas, necesariamente, los justificantes de los requisitos enumerados en la base tercera y los méritos que se aleguen, según la base quinta.
En relación a las plazas ofertadas para ciclos de formación profesional, se ofertan 16 becas de la familia de administración y gestión, siete de la familia agraria, tres de informática y comunicaciones, una de imagen y sonido y, de la familia de servicios socioculturales y a la comunidad, 12 becas. En cuanto a las ofertadas para estudios universitarios oficiales, se van a ofrecer 19 plazas. Las titulaciones que requiere cada plaza están especificadas en las bases.
Cada una de las becas está dotada con un importe de 500€ brutos mensuales, a abonar en períodos vencidos, siendo cofinanciados por la Diputación de Valencia en un 80%, siendo el 20% restante a cargo del Ayuntamiento de Burjassot. El período de duración de las becas comenzará el 1 de julio y finalizará, como máximo, el 31 de agosto de 2015.
Para poder solicitar la beca es necesario poseer la vecindad administrativa en algún municipio de Valencia, con anterioridad al 24 de abril de 2015, tener 18 años cumplidos, encontrarse cursando alguna de las enseñanzas oficiales estipuladas en las bases, no estar disfrutando de otra beca o ayuda de la misma o análoga finalidad así como no desarrollar una actividad laboral durante el período de disfrute de la beca. Asimismo, el solicitante, no puede estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Sólo se podrá presentar una solicitud de beca por persona.
Al finalizar la baremación de las solicitudes presentadas, por parte de la comisión evaluadora, se redactará un acta provisional de selección que será publicada también en la web municipal, abriéndose un plazo de tres días hábiles, a contar dese el siguiente a su publicación, para posibles reclamaciones que, únicamente, podrán estar relacionadas con la baremación. Una vez pasado ese período, se publicará el acta definitiva.